Qué es y qué decreto lo rige
Si una constructora quiere ejecutar obras financiadas por el MINVU o contratadas por el SERVIU, hay un requisito previo a todo lo demás: estar inscrita en el Registro Nacional de Contratistas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
El registro se rige por el Decreto Supremo N° 127 (V. y U.), de 1977, publicado en el Diario Oficial el 11 de marzo de 1977, y sus modificaciones. El portal vigente del MINVU sigue citándolo como la norma aplicable: "D.S. N° 127 (V. y U.) de 1977 y sus modificaciones". Casi cincuenta años después, es el marco que rige.
Lo administra una Coordinadora Nacional del Registro, dependiente de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del MINVU. La solicitud se presenta y se evalúa en la SEREMI del domicilio del postulante, y la inscripción adquiere carácter definitivo cuando la ratifica la dirección nacional del registro. Es decir: quien te inscribe es la SEREMI, aunque después sea el SERVIU quien contrate.
Los rubros y registros
El artículo 6° organiza el registro en cuatro rubros, y dentro de ellos, en registros específicos:
| Rubro | Registros |
|---|---|
| A. Edificación | A1 Viviendas · A2 Edificios que no constituyen viviendas |
| B. Urbanización | B1 Obras viales · B2 Obras sanitarias · B3 Electrificación |
| C. Especialidades | C1 Instalaciones Sanitarias Domiciliarias · C2 Instalaciones Eléctricas Domiciliarias · C3 Otras Especialidades |
| D. Construcciones industrializadas | Requiere aprobación previa del MINVU |
El registro C3 "Otras especialidades" es más amplio de lo que su nombre sugiere: comprende, entre otras, transportación mecánica —ascensores, escaleras mecánicas—, climas artificiales, incineración y estructuras metálicas.
Para una constructora de vivienda del Maule, el registro que importa es el A1 Viviendas. Pero conviene mirar los demás: una empresa que además hace urbanización o instalaciones puede inscribirse en varios.
Las categorías y qué habilitan
Dentro de cada registro hay cuatro categorías, salvo en el registro C3 de Otras Especialidades. El portal del MINVU lo explica así: "cuatro categorías, a las que se puede ingresar considerando la experiencia y capital".
Y el artículo 8° establece qué significa estar en una categoría:
"Un contratista inscrito en una determinada categoría podrá optar a la ejecución de toda obra cuyo valor, según presupuesto estimativo sea igual o inferior al monto máximo fijado para la categoría en que se encuentra inscrito."
La lógica es sencilla: la categoría es tu techo de contratación. En el grupo de viviendas y edificios, una 4ª categoría te habilita hasta 7.000 UF de presupuesto estimativo, una 3ª hasta 28.000 UF, una 2ª hasta 56.000 UF y la 1ª no tiene límite. Los demás grupos —obras viales y sanitarias, electrificación e instalaciones, y especialidades menores— tienen sus propias escalas en el mismo cuadro del artículo 15.
Y se sube: existe una solicitud de cambio de categoría en línea en el portal del MINVU. La progresión de categoría es parte normal del crecimiento de una constructora que trabaja con el Estado.
Los documentos que hay que reunir
El MINVU publica los requisitos por escrito. Son bastantes, pero están claramente definidos:
| Persona natural | Persona jurídica: además de lo anterior |
|---|---|
| Solicitud y cédula de identidad por ambas caras | RUT de la empresa |
| Certificado de título profesional habilitante (art. 11) | Escritura de constitución y sus modificaciones |
| Certificado de antecedentes del Registro Civil | Publicación en el Diario Oficial |
| Certificado de antecedentes comerciales: protestos y morosidad | Inscripción en Registro de Comercio con certificación de vigencia |
| Certificado bancario de cuenta corriente bien llevada | En S.A.: nómina de directorio, gerente general y accionistas |
| Balance del último ejercicio y declaración de impuestos | Cédulas de socios, directores y gerente |
| Iniciación de actividades si tiene menos de un año | Título profesional de socios o directores |
| Certificados de experiencia técnica según especialidad | Antecedentes comerciales de la sociedad y de socios y directores |
| Declaración jurada (arts. 13 y 14) | En construcciones industrializadas: aprobación previa del MINVU |
- El certificado bancario de cuenta corriente bien llevada sorprende a muchos: hay que pedirlo al banco y no siempre lo emiten al día siguiente.
- Los antecedentes comerciales de socios y directores, no solo de la sociedad. Un socio con protestos puede complicar la inscripción de la empresa.
Para empresas extranjeras que operan mediante agencia constituida en Chile, el decreto exige un capital enterado mínimo de 350 UF. Es el único monto de capital que aparece explícito.
Vigencia y actualización
La inscripción tiene una vigencia de 6 años, con actualización anual de antecedentes económicos.
Ese segundo punto es el que más se descuida. La inscripción no se vence de golpe a los seis años: se puede quedar inoperante mucho antes si no se actualizan los antecedentes económicos cada año. Y descubrirlo el día que se quiere postular a una obra es tarde.
Dónde se tramita
El trámite es en línea. El portal de proveedores técnicos del MINVU ofrece solicitud de inscripción en línea y solicitud de cambio de categoría en línea. Las solicitudes se resuelven descentralizadamente a través de las SEREMI.
El mismo portal permite obtener certificados de inscripción vigente, que es el documento que las bases de licitación piden.
En el mismo lugar se tramitan las inscripciones en los registros de Consultores —regulado por el D.S. N° 135 de 1978—, Constructores de Viviendas Sociales modalidad privada, Revisores Independientes de Obras de Construcción, Revisores de Cálculo Estructural y Laboratorios. Conviene revisar cuál o cuáles corresponden a lo que hace tu empresa.
Ejemplo real: la categoría equivocada
Una constructora regional se inscribe en el registro A1 Viviendas, 4ª categoría, que es la de entrada. Trabaja bien, crece, y al cabo de un par de años identifica una obra del SERVIU que le interesa: un contrato bastante mayor a las 7.000 UF de tope de su categoría.
Postulan igual, pensando que la categoría es una referencia. No lo es: el artículo 8° establece que el contratista puede optar a obras de valor igual o inferior al monto máximo de su categoría. Quedaron fuera por un requisito administrativo, no por capacidad técnica.
El cambio de categoría existe y se tramita en línea, pero toma tiempo y exige acreditar experiencia y capital. No se resuelve la semana antes de una licitación.
El error que más caro sale
Las licitaciones tienen plazos de días. La inscripción en el registro exige reunir más de una docena de documentos, varios de ellos emitidos por terceros —bancos, Registro Civil, Conservador, Diario Oficial— con sus propios tiempos. Una empresa que empieza el trámite cuando ve la licitación no llega. La inscripción se hace antes, en frío, cuando no hay apuro.
Consejo profesional GHM
Si tu constructora aspira a trabajar con el Estado, inscríbete ahora aunque no tengas obra a la vista, y hazlo en la categoría que tu experiencia y capital permitan hoy. Después se sube.
Y pon en el calendario la actualización anual de antecedentes económicos. Es el trámite que nadie recuerda y el que más inscripciones deja inoperantes. Una inscripción vigente en el papel pero desactualizada en los hechos no sirve para postular.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Registro Nacional de Contratistas del MINVU?
Es el registro en que deben estar inscritas las empresas y personas que quieran ejecutar obras financiadas por el MINVU o contratadas por el SERVIU. Se rige por el D.S. N° 127 de 1977 y sus modificaciones, y lo administra una coordinadora nacional que opera a través de las SEREMI.
¿Qué rubros tiene el registro?
Cuatro: A. Edificación, con los registros A1 Viviendas y A2 Edificios que no constituyen viviendas; B. Urbanización, con obras viales, sanitarias y electrificación; C. Especialidades, con C1 Instalaciones Sanitarias Domiciliarias, C2 Instalaciones Eléctricas Domiciliarias y C3 Otras Especialidades; y D. Construcciones industrializadas.
¿Cuántas categorías hay y qué significan?
Cuatro, salvo en el registro C3 de Otras Especialidades. Según el artículo 8°, un contratista inscrito en una categoría puede optar a obras cuyo valor sea igual o inferior al monto máximo de esa categoría. En el grupo de viviendas y edificios el cuadro del artículo 15 fija: 1ª sin límite, 2ª hasta 56.000 UF, 3ª hasta 28.000 UF y 4ª hasta 7.000 UF.
¿Qué documentos se piden para inscribirse?
Para persona natural: solicitud, cédula, título profesional habilitante, antecedentes del Registro Civil, antecedentes comerciales, certificado bancario de cuenta corriente bien llevada, balance y declaración de impuestos, certificados de experiencia y declaración jurada. Para persona jurídica se agregan los antecedentes societarios y los antecedentes comerciales de socios y directores.
¿Cuánto dura la inscripción?
Seis años, con actualización anual de antecedentes económicos. Esa actualización anual es la que más se descuida: sin ella, la inscripción puede quedar inoperante mucho antes de los seis años.
¿Se puede cambiar de categoría?
Sí. El portal de proveedores técnicos del MINVU ofrece una solicitud de cambio de categoría en línea. Se accede a categorías superiores acreditando mayor experiencia y capital, y el trámite toma tiempo: no se resuelve la semana antes de una licitación.
¿Dónde se tramita la inscripción?
En línea, en el portal de proveedores técnicos del MINVU. La solicitud se presenta y se evalúa en la SEREMI de Vivienda y Urbanismo del domicilio del postulante, y la inscripción adquiere carácter definitivo cuando la ratifica la dirección nacional del registro. No es un trámite del SERVIU, aunque después sea el SERVIU quien contrate las obras.
¿Hay un capital mínimo para inscribirse?
El único monto de capital que aparece explícito en el decreto es para empresas extranjeras que operan mediante agencia constituida en Chile: capital enterado mínimo de 350 UF. Para el resto, el capital se pondera junto a la experiencia al asignar la categoría.
¿Tu constructora quiere trabajar con el Estado?
En GHM Civil conocemos el circuito de registros y licitaciones del MINVU. Talca y toda la Región del Maule.