Qué es el TE1
El TE1 es la Declaración de Instalación Eléctrica Interior: el documento con que un instalador autorizado declara ante la SEC que ejecutó una instalación eléctrica y que ésta cumple la normativa vigente.
Se presenta a través del sistema e-Declarador de la SEC, es completamente en línea, está disponible todo el año y no tiene costo. El plazo de respuesta que indica la SEC es de 10 días hábiles.
Es la firma técnica de la instalación eléctrica de tu casa. Alguien con licencia pone su nombre y su responsabilidad detrás de que los cables, las protecciones y la puesta a tierra están como deben. Ese respaldo es lo que la distribuidora exige antes de conectar, y lo que tú vas a necesitar si algún día hay un siniestro.
Quién puede presentarlo
El TE1 lo presenta únicamente un instalador eléctrico autorizado por la SEC, registrado en e-Declarador con sus credenciales. El propietario no puede presentarlo, y tampoco un maestro sin licencia, por mucho oficio que tenga. Ésta es la restricción que sorprende a más gente y la que descarrila más obras.
Las licencias eléctricas tienen clases, definidas en el D.S. 92 de 1983, y cada clase determina qué puede hacer su titular:
| Clase | Qué habilita, en términos generales |
|---|---|
| Clase A | Instalaciones de alta y baja tensión sin límite de potencia. Requiere título de Ingeniero Civil Electricista o equivalente. |
| Clase B | Instalaciones de baja tensión hasta 500 kW de potencia instalada. Requiere Técnico Electricista o equivalente. |
| Clase C | Proyectar, ejecutar y dirigir alumbrado en baja tensión hasta 100 kW y calefacción y fuerza motriz hasta 50 kW. |
| Clase D | Proyectar, ejecutar y dirigir alumbrado en baja tensión hasta 10 kW y calefacción y fuerza motriz hasta 5 kW: son las instalaciones que el decreto clasifica como tipos F y G. |
| Clase E | Sólo ejecutar instalaciones tipos F y G, quedando excluido proyectarlas o dirigirlas. |
Una vivienda unifamiliar corriente —alumbrado hasta 10 kW y fuerza motriz hasta 5 kW— corresponde a las instalaciones que el decreto llama tipos F y G. Una licencia Clase D habilita para proyectarlas, ejecutarlas y dirigirlas. Una Clase E, en cambio, sólo permite ejecutarlas: no puede proyectarlas ni dirigirlas. Como la normativa exige que toda instalación de consumo cuente con proyecto, la clase del profesional deja de ser un detalle administrativo: si contrataste una Clase E, alguien más tiene que firmar el proyecto.
Cuándo se presenta
TE1, TE2, TE3 y TE4
La familia de formularios TE cubre distintos tipos de declaración eléctrica. Conviene no confundirlos:
| Formulario | Para qué es |
|---|---|
| TE1 | Declaración de instalaciones eléctricas interiores. Es el de una vivienda. |
| TE2 | Puesta en servicio de obras de alumbrado público |
| TE3 | Instalación de cerco eléctrico |
| TE4 | Puesta en servicio de generadoras residenciales: es el de los paneles solares con inyección a la red |
La familia TC es de combustibles y gas, no de electricidad. El TC6 es la declaración de instalaciones interiores de gas. No existe un "TE6". Si alguien te habla de un TE6 para el gas de tu casa, está mezclando las dos familias.
Bajo qué norma se declara hoy
Aquí hay un cambio que buena parte del contenido que circula en internet todavía no recoge.
Desde el 12 de julio de 2021 rige el Reglamento de Seguridad de las Instalaciones de Consumo de Energía Eléctrica —el D.S. 8 de 2019 del Ministerio de Energía, publicado el 5 de marzo de 2020— con sus pliegos técnicos RIC, dictados por resolución publicada el 12 de enero de 2021. La antigua NCh Elec 4/2003 sólo se puede seguir aplicando a proyectos que cuenten con solicitud o permiso de edificación de fecha anterior al 12 de julio de 2021, y a los proyectos cuya solicitud de permiso ingresó antes de la publicación de la resolución que dictó los pliegos —el 12 de enero de 2021— aunque el permiso se haya otorgado después. Si tu obra no cae en ninguno de esos supuestos, se declara bajo el RIC.
El cambio no es sólo de nombre. La norma antigua era un documento único con capítulos numerados; el sistema actual son 19 pliegos técnicos independientes, cada uno con su propia numeración. Los que más aparecen en una vivienda son el RIC N°01 (empalmes), el N°02 (tableros), el N°05 (protección contra tensiones peligrosas), el N°06 (puesta a tierra), el N°10 (instalaciones de uso general), el N°11 (instalaciones especiales, que incluye baños), el N°18 (presentación de proyectos) y el N°19 (puesta en servicio).
Ejemplo real: el TE1 que no llegó
Una ampliación en Talca, ejecutada por administración directa. El propietario contrató por separado a un eléctrico recomendado por un conocido. El trabajo se veía bien: enchufes donde correspondía, tablero ordenado, todo funcionando.
Cuando llegó el momento de aumentar la potencia del empalme, la distribuidora pidió la declaración de puesta en servicio ante la SEC. El eléctrico no tenía licencia. No podía declarar.
Un instalador autorizado revisó la instalación antes de poner su nombre en el TE1, como corresponde. Encontró circuitos de enchufes sin protección diferencial, y el esquema de puesta a tierra no correspondía al que la normativa exige hoy en viviendas. Hubo que intervenir el tablero y parte de la instalación.
Nada de eso se veía. Todo funcionaba. La instalación simplemente no cumplía.
"Funciona" y "cumple" no son lo mismo en una instalación eléctrica. Casi todo lo que la normativa exige es protección frente a una falla que todavía no ocurrió. El día que ocurre, esas diferencias son la diferencia.
El error que más caro sale
Contratar por precio sin preguntar por la licencia. La diferencia de presupuesto entre un instalador autorizado y alguien sin licencia parece un ahorro hasta el momento en que hay que declarar. Ahí el trabajo se revisa, se corrige y se paga otra vez, porque ningún instalador serio va a declarar a su nombre una instalación que no ejecutó y que no cumple. La pregunta correcta —"¿cuál es su número de licencia SEC?"— cuesta cero y se hace antes de firmar.
Consejo profesional GHM
Pide el número de licencia y verifícalo en el validador público de la SEC. Después pide que el compromiso de presentar el TE1 quede por escrito en el presupuesto o en el contrato, con el nombre y la licencia del declarante.
Cuando la declaración esté hecha, guarda el comprobante junto al permiso de edificación y la recepción. Es parte de la carpeta técnica de la vivienda y se pide al vender, al contratar un seguro y, sobre todo, si alguna vez hay que acreditar que la instalación estaba conforme.
Y si estás comprando una casa: pregunta por el TE1. Que no exista no significa necesariamente que la instalación esté mala, pero sí significa que nadie con licencia puso su nombre detrás, y eso es un dato relevante al momento de negociar.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la declaración TE1?
Es la Declaración de Instalación Eléctrica Interior que un instalador autorizado presenta ante la SEC para declarar que ejecutó una instalación eléctrica conforme a la normativa vigente. Se presenta en línea por el sistema e-Declarador, no tiene costo y el plazo de respuesta indicado por la SEC es de 10 días hábiles.
¿Quién puede presentar el TE1?
Sólo un instalador eléctrico autorizado por la SEC, registrado en e-Declarador con sus credenciales. Ni el propietario ni un maestro sin licencia pueden presentarlo.
¿El TE1 tiene costo?
No. El trámite ante la SEC es gratuito y en línea. Lo que cobra el instalador es su trabajo profesional, no un arancel del Estado.
¿Qué pasa si no tengo el TE1?
La empresa distribuidora exige la declaración de puesta en servicio entre los antecedentes para ejecutar la conexión, de modo que en la práctica el proceso queda detenido. Además, la vivienda queda sin el respaldo documental de que su instalación fue ejecutada conforme a la normativa.
¿Bajo qué norma se declara una instalación eléctrica hoy?
Desde el 12 de julio de 2021 rige el D.S. 8 de 2019 del Ministerio de Energía con sus pliegos técnicos RIC. La antigua NCh Elec 4/2003 sólo se puede aplicar a proyectos con solicitud o permiso de edificación de fecha anterior a ese día.
¿Cuál es la diferencia entre TE1 y TE4?
El TE1 declara la instalación eléctrica interior de un inmueble. El TE4 es la declaración de puesta en servicio de generadoras residenciales, es decir, la que corresponde cuando se instalan paneles solares que inyectan excedentes a la red.
¿Qué clase de licencia necesita el instalador de mi casa?
Depende de si va a ejecutar, proyectar o dirigir. Según el D.S. 92 de 1983, una vivienda unifamiliar corriente corresponde a las instalaciones tipos F y G. Una licencia Clase D habilita para proyectarlas, ejecutarlas y dirigirlas; una Clase E sólo para ejecutarlas, quedando excluido proyectarlas o dirigirlas. Como la normativa exige que toda instalación de consumo cuente con proyecto, conviene verificar la clase antes de contratar.
¿Cómo verifico que un instalador tiene licencia?
La SEC mantiene un validador público de licencias en su sitio web. Con el número de licencia se puede consultar gratuitamente si está vigente y de qué clase es.
¿Necesitas que tu instalación eléctrica quede declarada?
En GHM Civil trabajamos con instaladores de licencia verificada, con proyecto eléctrico y declaración TE1 a nombre de quien ejecuta. Talca y toda la Región del Maule.